Estamos empezando a dar de alta empresas de pavimentos industriales, provincia a provincia, y preferimos decirlo aquí. Lo que sigue son los requisitos que exigiremos a cada empresa antes de pasarle una solicitud. Casi todos se pueden comprobar con un documento; el último se comprueba con los hechos.
1. Inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas (REA)
La Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, exige a las empresas que se contratan o subcontratan habitualmente para trabajos en obras de construcción que estén inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas (artículo 4.2). Para ello tienen que acreditar que su personal, directivo y productivo, tiene la formación necesaria en prevención de riesgos laborales y que cuentan con una organización preventiva adecuada a la Ley 31/1995. El registro depende de la autoridad laboral de la comunidad autónoma donde está el domicilio social de la empresa (artículo 6.1). Le pediremos su inscripción.
La misma ley pide a esas empresas una organización productiva propia, con medios materiales y personales, y que los use en el trabajo contratado (artículo 4.1). Es lo contrario de un intermediario que subcontrata la obra entera, y es lo que buscamos.
2. Seguro de responsabilidad civil en vigor
Pediremos la póliza de responsabilidad civil vigente. Si caduca, la empresa dejará de recibir solicitudes hasta que la renueve.
3. Referencias industriales del sistema que declare
Una empresa que pinta garajes o pule suelos de vivienda no es necesariamente la que necesita una nave logística o un obrador. Pediremos al menos tres referencias industriales de 300 m² o más de cada sistema que declare hacer —hormigón pulido, epoxi, poliuretano-cemento, multicapa—, y a cada empresa solo le llegarán los sistemas y los sectores que haya declarado y acreditado.
4. Cobertura real y compromiso de responder
Cada empresa nos dirá en qué provincias trabaja, y solo le llegarán solicitudes de esas provincias. Y un requisito sin papel pero con consecuencias: atender la solicitud. Si una empresa acumula solicitudes sin abrir, dejará de recibirlas.
Qué no podemos garantizar
- No garantizamos la obra. La ejecuta la empresa, con su criterio y su responsabilidad profesional.
- No garantizamos el precio. Cada empresa da el suyo después de la visita; nosotros no lo fijamos ni lo revisamos.
- No auditamos técnicamente a las empresas ni sus obras: comprobamos documentos y referencias, no la calidad del trabajo, que solo se ve en obra.
Lo que sí haremos es escuchar lo que nos cuentes después: si una empresa no responde o no cumple lo que pactó contigo, queremos saberlo.
Qué conviene que compruebes tú también
- Pide que el presupuesto venga desglosado: preparación del soporte, reparaciones, sistema y espesor, juntas, remates y plazo (lo explicamos en qué mueve el precio).
- Pide la ficha técnica del sistema y, en materiales para soleras, su designación según la UNE-EN 13813.
- Pide que te enseñen una obra parecida a la tuya, del mismo sistema y de un tamaño comparable.
- Deja por escrito el plazo hasta la puesta en uso y la garantía: qué cubre y durante cuánto tiempo.